Un comerciante individual es una persona natural que tiene la capacidad legal para realizar actos de comercio, tal como establece el artículo 6 del Código de Comercio.
Este actúa a título individual y es el representante legal de su propia empresa, sin necesidad de asociarse con otras personas. La particularidad en este caso, es que tiene responsabilidad ilimitada de la empresa que se constituye, siendo responsable frente a terceros de manera ilimitada, incluyendo sus propios bienes. Para constituirse como comerciante individual se tendrá que realizar una escritura pública por un Notario Público y esté requerirá la siguiente información:
Todos sus datos generales (nombres, apellidos, estado civil, ocupación, número de teléfono, número de la tarjeta de identidad)
Finalidad de la empresa (a que actos de comercio que se va a dedicar)
Razón o Denominación Social (el nombre de su empresa)
Capital (tiene que ser mínimo 5,000 Lps)
Domicilio de su empresa (lugar donde va a operar)
Nombre del gerente o administrador (a título propio o puede nombrar a alguien más)
Una vez que tenga la escritura pública, tendrá que hacer lo siguiente:
Realizar un aviso de publicación, diciendo que se ha constituido como comerciante en un diario de mayor circulación.
Ir con el aviso de publicación y la escritura pública al Registro Mercantil que se encuentra en la Cámara de Comercio e Industrias de su localidad.
Pagar 200 Lps en el Banco que se encuentra en la Cámara de Comercio, para derechos de Registro.
Sacar el RTN de su empresa en las oficinas del SAR.
○ Llenar y firmar la Declaración Jurada de Inscripciones, Inicio de Actividades y
Actualización al RTN formulario SAR-410 (Comerciantes Individuales) Link Formulario 410 Persona natural.
○ Original y fotocopia de la Tarjeta de Identidad (hondureño)
○ Original y fotocopia de Carné de Residente (extranjero)
○ Original y fotocopia de la Documento de Constitución
○ Comprobante de Domicilio. Original y fotocopia de uno de los siguientes documentos que contenga la dirección exacta:
■ Recibo de un Servicio Público
■ Contrato de Alquiler o Arrendamiento Comercial
■ Recibo de suscripción de Servicios Privados (Internet, cable, telefonía)
○ No obstante, puede ser solicitado y entregado a un tercero siempre y cuando presente poder o carta poder por el Obligado Tributario debidamente autenticado.
Sacar el Permiso de Operaciones en las oficinas de la Alcaldía.
○ Copia escritura de declaración, sello del registro mercantil, solvencia municipal, recibo pago local o si es propio pues pago de bienes inmuebles, compatibilidad de uso de suelo, formulario.
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