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¿Qué es el Preaviso?

  • Foto del escritor: Adriana Fajardo
    Adriana Fajardo
  • 6 mar 2024
  • 1 Min. de lectura

Si el contrato es por tiempo indeterminado cualquiera de las partes puede hacerlo terminar dando a la otra un preaviso.


Este debe de ser notificado de la siguiente manera: Art. 116 Código de Trabajo

Veinticuatro (24) horas

cuando el trabajador haya servido a un mismo patrono de modo

continúo menos de tres (3) meses.

Una (1) semanas

tres (3) a seis (6) meses.

Dos (2) semanas

seis (6) meses a un (1) año.

Un (1) mes

 uno (1) a dos (2) años.

Dos (2) meses

por más de dos(2).


¿Quien deberá de dar el preaviso?

La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe dar el preaviso por escrito, personalmente a la otra parte, pero si el contrato es verbal puede darlo de palabra ante dos (2) testigos, con expresión de la causa o motivo que la mueve a tomar esa determinación. Después no podrá alegar válidamente causales o motivos distintos.


Art. 117 Código de Trabajo

El trabajador culpable de no haber dado el preaviso o de haberlo dado sin ajustarse a los requisitos legales, quedará obligado a pagar al patrono una cantidad equivalente a la mitad del salario que corresponda al término del preaviso. En caso de que el patrono sea el culpable quedará obligado a pagar al trabajador una cantidad equivalente a su salario durante el término del preaviso.

 
 

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